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Debida diligencia judicial de empresas y contrapartes en Uruguay

La debida diligencia judicial de una empresa es la revisión de sus juicios antes de contratarla, darle crédito o comprarla: en qué expedientes del Poder Judicial figura, si como actora o demandada, en qué materias y cómo terminaron los que ya cerraron. LitisData hace esa revisión buscando por razón social, sin conocer el número de IUE de cada expediente, y la resume con un score de litigiosidad de 0 a 100. Aporta el frente judicial de la contraparte, el que un informe comercial no muestra.

La búsqueda corre sobre 2.759.210 expedientes del Poder Judicial indexados (al 22 de septiembre de 2026). No incluye los expedientes reservados, y un juicio recién iniciado puede no estar visible todavía. Esta guía trata de empresas, es decir, de personas jurídicas.

Qué hace exactamente

  • Busca los juicios de la empresa por su razón social, sin necesidad de conocer la IUE de cada expediente, y tolera variantes de escritura: con o sin S.A., abreviada o con distinta puntuación.
  • Indica en qué calidad figura la empresa en cada juicio (actora o demandada), la materia y la sede.
  • Devuelve un score de litigiosidad de 0 a 100 con el volumen y la vigencia de su exposición judicial, para ordenar el riesgo de un vistazo.
  • Muestra cómo terminó cada juicio cerrado (hizo lugar, rechazo, conciliación, transacción, desistimiento, caducidad o archivo) con el nivel de confianza de esa inferencia.
  • Muestra los concursos y las quiebras que tramitan ante un juzgado, porque son expedientes como cualquier otro y quedan clasificados en la materia «Comercial y concursos».
  • Suma al perfil el RUPE, el registro de proveedores del Estado, y el Directorio de Empresas Industriales del MIEM.
  • Deja la revisión documentada en un informe de litigiosidad en PDF, fechado y con identificador citable, que se arma con los datos guardados y no pasa por un modelo de lenguaje.
  • Permite dejar a la empresa vigilada para enterarse cuando aparece en una causa nueva y de qué lado figura. Desde el plan Profesional.

Cuándo conviene revisar los juicios de una contraparte

Antes de cualquier compromiso que dependa de que la otra parte cumpla: contratar a un proveedor crítico, vender a plazo o dar un crédito, comprar una empresa o un fondo de comercio, asociarse en un negocio o firmar un contrato largo. En todos esos casos el riesgo no es sólo lo que la empresa declara, sino los reclamos que ya tiene en su contra.

El frente judicial es el que menos se revisa, porque el portal del Poder Judicial se consulta por número de expediente y no por nombre de la parte. Quien no conoce la IUE de cada juicio, que es lo habitual cuando se revisa a un tercero, no tiene por dónde empezar. Ese es el paso que LitisData resuelve.

Qué mirar, y en qué orden

Primero, identificar bien a la empresa. El error más caro es confundir dos razones sociales parecidas o dos sociedades del mismo grupo: verificar la sociedad equivocada da una tranquilidad falsa. Contraste la razón social exacta del contrato con la que figura como parte en el expediente.

Después, la proporción y no sólo el número. Una empresa grande tiene juicios por volumen de operación; lo que informa es en qué materias, en qué calidad y con qué frecuencia. Figurar como demandada habitual en ejecuciones o en cobros de pesos es una señal distinta a tener pocos juicios repartidos en muchos años. Un volumen alto en materia laboral dice algo sobre cómo trata a su personal.

Por último, las causas activas y cómo terminaron las cerradas. Un juicio perdido y ya pagado pesa distinto que una ejecución en curso. Y si aparece un concurso, la conversación cambia: conviene que la revise un abogado antes de seguir adelante.

Para cooperativas de ahorro y crédito

Antes de dar un crédito a una empresa, de contratar a un proveedor o de aceptar a una persona jurídica como socia, el equipo jurídico de la cooperativa puede revisar en qué juicios está esa empresa: si acumula ejecuciones o cobros de pesos como demandada, si tiene causas laborales abiertas o si figura en un concurso. Es un dato más para el análisis de crédito, sobre información pública del Poder Judicial.

Esa revisión complementa la debida diligencia de clientes de la normativa de prevención del lavado de activos con el frente judicial de la contraparte. Según el artículo 12 de la Ley 19.574, son sujetos obligados las personas físicas y jurídicas sujetas al control del Banco Central del Uruguay; entre ellas están las cooperativas de intermediación financiera, a las que la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero del BCU les exige un sistema integral de prevención (artículo 290) y políticas de debida diligencia de clientes (artículo 293). Cómo se integra a su análisis lo define su oficial de cumplimiento.

LitisData le aporta la litigiosidad de la empresa contraparte. Además, la cartera de juicios que la cooperativa ya promueve se sigue por IUE, con aviso de cada movimiento y el plazo del CGP ya calculado.

Para estudios de cobranza

Antes de iniciar un juicio ejecutivo o un proceso monitorio contra una empresa deudora, conviene saber si ya la están ejecutando otros acreedores, si figura como demandada en otros cobros de pesos o si está en concurso. Un deudor con varias ejecuciones previas cambia la expectativa de cobro, y un concurso cambia la estrategia: esa revisión se hace buscando por la razón social del deudor, sin la IUE de cada juicio.

Una vez iniciados, los juicios del estudio se siguen por IUE: LitisData vigila la cartera entera, le avisa cada movimiento con el plazo del CGP ya calculado en días hábiles y le evita entrar al portal a revisar expediente por expediente. Es la parte del trabajo que crece con el volumen y la que más tiempo come en un estudio de cobranza.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la debida diligencia judicial de una empresa?
Es la parte de la debida diligencia que revisa los juicios de la empresa: en qué expedientes del Poder Judicial figura, en qué calidad, en qué materias y cómo terminaron. Se hace antes de contratar, dar crédito, comprar o asociarse, y complementa la revisión societaria, contable y registral.
¿Sirve para cumplir la debida diligencia de la Ley 19.574?
No. La debida diligencia de clientes de la Ley 19.574 es una obligación de los sujetos obligados, con su propia regulación: identificar al cliente, conocer al beneficiario final, entender su actividad y monitorear sus operaciones. LitisData cubre sólo la litigiosidad de la contraparte, que puede ser un insumo de ese análisis pero no lo reemplaza.
¿Puedo buscar a la empresa por su RUT?
No. Los expedientes del Poder Judicial no traen el RUT de las partes, sólo el nombre o la razón social. La búsqueda se hace por razón social y tolera variantes de escritura.
¿Una cooperativa de ahorro y crédito puede usarlo antes de dar un crédito a una empresa?
Sí, como un dato más del análisis de crédito: muestra si la empresa acumula ejecuciones, cobros de pesos o causas laborales, y si figura en un concurso. Las obligaciones de prevención del lavado de activos de la cooperativa siguen su propio camino y las define su oficial de cumplimiento.
¿Cómo sé si una empresa deudora ya tiene otras ejecuciones?
Buscando su razón social: el resultado muestra los juicios en que figura como demandada, la materia de cada uno y su estado. Así se ve si otros acreedores ya iniciaron ejecuciones o cobros de pesos antes de que su estudio inicie el propio.
¿Qué pasa si no aparece ningún juicio?
Que no hay juicios indexados con esa razón social, no que la empresa no tenga ninguno. Puede haber expedientes reservados, juicios recién iniciados que todavía no figuran o una razón social escrita de otra forma en la carátula. Por eso el resultado no es un certificado.

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