Jurisprudencia sobre procesos concursales en Uruguay
El concurso de acreedores uruguayo se rige por la Ley 18.387. Declarado el concurso, los créditos anteriores se canalizan por el procedimiento concursal, se verifica cada crédito y se determina su categoría, y el destino de la empresa se define entre un convenio con los acreedores o la liquidación.
Cifras al 30 de julio de 2026, sobre el subconjunto de la Base de Jurisprudencia Nacional que LitisData tiene indexado. No es la totalidad de lo dictado por estos órganos.
Efectos de la declaración
La declaración de concurso reordena todo. Los acreedores anteriores dejan de cobrar individualmente y pasan a concurrir en un procedimiento colectivo, los procesos en trámite se ven afectados según su naturaleza, y la administración del deudor queda limitada o sustituida según el caso.
Para quien litiga contra una empresa, es un cambio de escenario completo: la estrategia deja de ser ganar el juicio y pasa a ser verificar el crédito y ubicarlo en la mejor categoría posible.
Verificación y categorías de crédito
Cada acreedor debe insinuar su crédito y acreditarlo. La verificación determina si el crédito existe, por cuánto y con qué privilegio.
La categoría lo es casi todo: privilegiado especial, privilegiado general, quirografario o subordinado. Dos créditos por el mismo monto pueden tener destinos radicalmente distintos según cómo queden clasificados, y por eso la discusión sobre categoría es más frecuente que la discusión sobre existencia.
Los plazos de insinuación son perentorios y su incumplimiento tiene consecuencias que difícilmente se reviertan.
Convenio o liquidación
El procedimiento puede terminar en un convenio con los acreedores o en la liquidación de la masa activa. La calificación del concurso, según haya sido fortuito o culpable, agrega consecuencias para administradores y liquidadores.
Esa calificación genera litigio propio y es donde se concentran las cuestiones de responsabilidad personal.
Qué hay indexado
Por órgano
| Tribunales de Apelaciones en lo Civil | 32 |
Por año
| 2026 | 1 | |
| 2025 | 2 | |
| 2024 | 4 | |
| 2023 | 3 | |
| 2022 | 3 | |
| 2021 | 4 | |
| 2020 | 2 | |
| 2019 | 2 | |
| 2018 | 1 | |
| 2017 | 5 | |
| 2016 | 1 | |
| 2012 | 1 | |
| 2011 | 1 | |
| 2010 | 2 |
Algunas sentencias indexadas
Una muestra repartida a lo largo del período. Se publica la cita y no el texto: las carátulas nombran a las partes, y una sentencia consultable en la fuente oficial no tiene por qué volverse buscable por el nombre de una persona. Con el número, el año y el órgano ubica el fallo completo en la Base de Jurisprudencia Nacional.
- Sentencia N.º 81/2026 · Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº
- Sentencia N.º 153/2025 · Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº
- Sentencia N.º 193/2024 · Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº
- Sentencia N.º 45/2023 · Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº
- Sentencia N.º 7/2022 · Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº
- Sentencia N.º 84/2021 · Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº
- Sentencia N.º 161/2021 · Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº
- Sentencia N.º 111/2020 · Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº
- Sentencia N.º 6/2018 · Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº
- Sentencia N.º 38/2017 · Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº
- Sentencia N.º 07/2017 · Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº
- Sentencia N.º 103/2011 · Tribunal Apelaciones Civil 2ºTº
Preguntas frecuentes
- ¿Qué ley regula el concurso en Uruguay?
- La Ley 18.387, de declaración judicial del concurso y reorganización empresarial.
- ¿Qué pasa con los juicios en trámite al declararse el concurso?
- Se ven afectados según su naturaleza, y los créditos anteriores pasan a canalizarse por el procedimiento concursal.
- ¿Qué es la verificación de créditos?
- El procedimiento por el que se determina si un crédito existe, por qué monto y con qué privilegio.
- ¿Por qué importa tanto la categoría del crédito?
- Porque define el orden de cobro. Dos créditos iguales pueden cobrar muy distinto según su clasificación.
- ¿Qué consecuencias tiene la calificación del concurso?
- Si se califica como culpable, puede acarrear responsabilidades para administradores y liquidadores.
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