Calcular el plazo de traslado de demanda en días hábiles
El plazo de traslado de demanda (proceso ordinario) es de 30 días hábiles según el Código General del Proceso. Corre desde el día hábil siguiente a la notificación del traslado. No se computan sábados, domingos, feriados ni días de feria judicial, de modo que en el calendario cae bastante más lejos que 30 días corridos.
Fuente: CGP (Ley N.º 15.982) en IMPO. Actualizado: .
Calcular un plazo
30 días hábiles desde la fecha de inicio. Faltan 30 días hábiles desde hoy.
Estimación automática. Verificar con el letrado actuante. No constituye asesoramiento legal.
Cuándo se aplica este plazo
Es el plazo para contestar la demanda en el proceso ordinario. Treinta días hábiles es un plazo largo en el papel y corto en la práctica, porque en ese período hay que estudiar el expediente, reunir la prueba documental y decidir la estrategia, incluyendo si se oponen excepciones.
El error más común no está en el número sino en la fecha de inicio: el plazo no corre desde que llegó la cédula ni desde que el estudio la registró, sino desde el día hábil siguiente a que la notificación quedó cumplida. Con treinta días hábiles por delante, un feriado o una feria en el medio mueven el vencimiento varias semanas respecto de la cuenta intuitiva.
Ejemplo
Con una notificación cumplida el viernes 14 de agosto de 2026, el cómputo empieza el lunes 17 y se suman 30 días hábiles, salteando fines de semana y feriados. La calculadora de arriba devuelve la fecha exacta sobre el calendario uruguayo.
Estimación automática sobre las reglas generales del CGP. No constituye asesoramiento legal. Existen regímenes especiales y excepciones; verifique el plazo aplicable a su caso contra el texto vigente.
Preguntas frecuentes
- ¿El plazo de traslado de demanda es de 30 días corridos o hábiles?
- Hábiles. No se computan sábados, domingos, feriados ni días de feria judicial, de modo que 30 días hábiles equivalen a alrededor de seis semanas de calendario, o más si hay feria en el medio.
- ¿Desde cuándo se cuentan los 30 días?
- Desde el día hábil siguiente a aquel en que la notificación quedó cumplida. El día de la notificación no se cuenta.
- ¿Es el mismo plazo en un proceso monitorio?
- No. En las estructuras monitorias el traslado es de 10 días hábiles, bastante más breve. Verifique por qué vía tramita su asunto antes de calcular.
- ¿Qué pasa si el plazo atraviesa la feria judicial?
- Los días de feria son inhábiles y no se computan, así que el vencimiento se corre. La calculadora los descuenta automáticamente.